Madrid, 25 de septiembre de 2020.- La Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) y Plena inclusión España, reafirmando su compromiso con los derechos de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, han presentado a los distintos grupos parlamentarios su propuesta de enmiendas al proyecto de ley por el que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Ambas organizaciones reconocen y agradecen el papel fundamental que ha ejercido el CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad).
Estas enmiendas se centran en reforzar las garantías de apoyo a la toma de decisiones previstas en el proyecto de ley y en asegurar que las personas con discapacidad dispongan de los apoyos necesarios para el ejercicio de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones, evitando influencias indebidas en ese proceso, tal y como avala la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Se propone incluir de manera explícita los ajustes de procedimiento en todos los procesos judiciales en los que participen personas con discapacidad, incluyendo la adaptación de documentos a lectura fácil y el apoyo profesional para facilitar su participación en el proceso, con el fin de garantizar su derecho a la accesibilidad y al acceso a la justicia. Del mismo modo que se insta a dar relevancia al “importante papel que ejercen las organizaciones sociales que prestan apoyos a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, y con las que se debe contar para la correcta aplicación de esta reforma”, asegura Irene Yepes, directora de la AEFT.
En este sentido, se propone añadir el requerimiento de informes de los servicios sociales públicos competentes y de las organizaciones sociales relacionados con la persona, con el fin de que la autoridad judicial cuente con toda la información posible para establecer las medidas de apoyo que mejor se adecuen a las necesidades de cada persona. En relación con las garantías, desde ambas organizaciones solicitan que se incluya una periodicidad mínima de un año para presentar el informe sobre la situación personal o patrimonial de la persona apoyada en línea con las salvaguardas establecidas en la Convención en cuanto al derecho al igual reconocimiento como persona ante la ley.
Por último, también se recoge en las enmiendas un refuerzo a la importancia de mantener a la persona con discapacidad intelectual o del desarrollo en el centro de las decisiones sobre las medidas de apoyo que se consideren adecuadas en su caso y su participación real en el proceso judicial. Por ello, en puntos concretos del articulado, se propone resaltar que estas medidas pueden derivar de una resolución judicial o de lo que decida la propia persona.
Para Santiago López, presidente de Plena inclusión España “esta reforma representa un avance significativo en el respeto de los derechos de las personas con discapacidad gracias a la eliminación de la modificación total de la capacidad jurídica y la garantía de un modelo de provisión de apoyos. Esperamos que se dote de los mecanismos y herramientas que garanticen dicho modelo, así como de una sensibilización y formación adecuadas a los profesionales del Poder judicial y de la abogacía en el espíritu de la Convención de Naciones Unidas y el de la reforma de esta legislación”, concluye.
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