La modificación de la capacidad es una medida de protección y de asistencia que afecta a algunas personas que, por diversos motivos, necesitan apoyos para valorar y tomar algunas decisiones previstas por ley. La autoridad encargada de definir qué apoyos (personales y/o patrimoniales) precisa cada persona, –con el fin de proteger sus intereses, defender sus derechos ejercer sus obligaciones– es el juez.

El Fiscal Carlos Ganzenmüller, especialista en la capacidad jurídica de las personas con discapacidad intelectual, aboga desde hace años porque todos los intervinientes en el proceso de la capacidad, sean «extremadamente cuidadosos» a la hora hacerlo; manteniendo y valorando las capacidades que sí poseen las personas que se ven inmersas en dicho proceso.

Con motivo de su participación en la jornada “Discapacidad intelectual y accesibilidad a la justicia” (AEFT, Madrid, 10 de febrero de 2015) Carlos Ganzenmüller relata a través de la siguiente entrevista cuál es la situación actual en el procedimiento de valoración de la capacidad jurídica y qué propuestas de mejora y/o ajustes se deberían realizar en el procedimiento para facilitar la participación de las personas.


Entrevista a Carlos Ganzenmüller, Fiscal del Tribunal Supremo y miembro del Foro “Justicia y Discapacidad”

Pregunta: Como fiscal del Tribunal Supremo y miembro del Foro “Justicia y Discapacidad” usted lleva años apostando por la especialización de la justicia para que todos los ciudadanos puedan tener acceso a ella, ¿cree que ha habido algún cambio desde que fuese ratificada la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad?

Respuesta: La especialización de jueces y operadores jurídicos en una materia de tanta trascendencia, como es la protección de las personas con discapacidad ante la ley, y en la defensa de sus derechos como ciudadanos, supone un auténtico reto. Este reto, que la Convención regula con especial esmero al hablarnos de capacitación, supone para todos los que intervenimos al respecto desde la justicia en un doble aspecto: conocimientos en la materia y sensibilización ante el ciudadano con discapacidad.

La Convención ha supuesto, a mi entender, un cambio importante aún por desarrollar, pero ha puesto unas bases del acceso a la justicia que van calando entre todos los profesionales. Desde la creación de juzgados especializados en los procesos de capacidad; a los mixtos, que se ocupan también de la protección de menores. Igualmente, la Fiscalía ya posee Secciones Especializadas en todas las provincias, y estamos tratando de llegar a las Fiscalías de Área. La abogacía por su parte, también está creando Servicios de información y asesoramiento.

En la persecución de los delitos cometidos contra personas con discapacidad, también la Policía y la Guardia Civil están creando servicios de atención especializados.

Es cierto que aún queda muchas cosas por hacer y mejorar y que la situación económica y social no ayuda últimamente, pero se detecta un cambio de actitud y concienciación muy importante.

“Hay muchas cosas por hacer y mejorar, pero se detecta un cambio de actitud y concienciación muy importante”

P. ¿Qué cambios son necesarios realizar en el ordenamiento jurídico español para que la justicia sea accesible?

R. La legislación debe cambiar y adaptarse a la Convención, tanto en el marco base, como en aspectos puntuales. Cuando a una persona con discapacidad se le tiene que nombrar un apoyo o asistencia (ahora tutor o curador) en el proceso de capacidad correspondiente; el protagonista debe ser esa persona, junto con sus capacidades, habilidades y posibilidades de inclusión social. Para conseguirlo, el derecho a la comunicación –ya sea directa o a través de facilitadores–, a la información accesible y comprensible conforme a sus necesidades y el derecho a asesorarse o defenderse –por profesionales del derecho especializados–, son elementos imprescindible e irrenunciables.

“Cuando a una persona con discapacidad se le tiene que nombrar un apoyo o asistencia para el complemento de su capacidad; el protagonista debe ser esa persona, junto con sus capacidades, habilidades y posibilidades de inclusión social”

Es necesario que se legislen estas materias y un buen punto de partida son las Guías o Manuales de Buenas prácticas, que las asociaciones y fundaciones de personas con discapacidad están realizando.

P. ¿Por qué cree que no se han llevado a cabo tales modificaciones?

R. Además de la situación económica y social actual; creo que se debe a que en la aplicación de la Convención y sus prioridades, nos ha faltado la perspectiva de ponernos en el lugar de la persona con discapacidad; sus necesidades más acuciantes, sus experiencias… y hemos querido ir más a la teoría. En la aplicación del art. 12, por ejemplo, ha faltado conocer y escuchar las experiencias de las personas que acuden a los tribunales. En este sentido, el relato que hizo en la Jornada el compañero de mesa, Antonio Abril, fue muy ilustrativo y tremendamente conmovedor.

“Nos ha faltado la perspectiva de ponernos en el lugar de la persona con discapacidad; sus necesidades más acuciantes, sus experiencias… y hemos querido ir más a la teoría”

Me convenció: el acceso real al derecho es, en definitiva, la meta a conseguir.

P. Desde su punto de vista y con su experiencia, ¿cuándo cree que se llevarán a cabo estas mejoras?

R. Yo creo que se está avanzando en esta materia. Tanto en el Foro Justicia y discapacidad, como en la Fiscalía la preocupación por la accesibilidad de los locales y edificios está dando buenos resultados. En la Fiscalía lo señalamos claramente en nuestro Manual de buenas prácticas y en los Tribunales Superiores se están nombrando Delegados de discapacidad, con el fin de que recojan las quejas o propuestas de mejoras, en materia de accesibilidad.
En todo caso, es un proceso que no admite treguas, y no todo se debe dejar a la actitud personal o concienciación de los operadores. Hay que ponerse a preparar, conjuntamente con las personas con discapacidad y sus asociaciones, una legislación marco en esta materia.

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