La Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso de los Diputados abordará la reforma del artículo 49 de la Constitución, con el fin de sustituir el término ‘disminuido’ con el que este texto se refiere a las personas con discapacidad.

Tras las intensas reivindicaciones de las organizaciones sociales del movimiento asociativo de la discapacidad, como CERMI o Plena inclusión, la Comisión para las políticas integrales de la Discapacidad ha alcanzado el acuerdo para modificar el texto del artículo 49 de la Constitución Española, con el fin de reemplazar el término vejatorio empleado durante 40 años, en favor del de personas con discapacidad.

Si bien la referencia al compromiso de los poderes del Estado con las personas con discapacidad constituyó un hito sustancial en su día, al conferir presencia constitucional a un colectivo de personas que ha sufrido una discriminación secular, lo cierto es que la denominación utilizada en el texto del año 1978 es inadecuada y peyorativa. En este sentido, el propio presidente de la Comisión, Jordi Xuclà, exponía ayer que «hemos compartido la misma visión sobre la conveniencia de afrontar una modificación del artículo 49 de la Constitución porque el redactado actual en su referencia a personas disminuidas, y también, por ejemplo en la referencia a políticas de rehabilitación de personas disminuidas es absolutamente inapropiada».

Desde la Asociación Española de Fundaciones Tuteares (AEFT), se aplaude el inicio de los trámites para adecuar la terminología empleada en la Constitución, en un intento de acercarse al reconocimiento de los derechos que proclama la Conveción Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que incide en que la condición de discapacidad no es más que elemento accesorio a la sustancial condición de ciudadanas, que corresponde a todas las personas con discapacidad. En relación a ello, la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, exponía «es la respuesta que podemos dar 40 años después a las personas con discapacidad, mucho más respetuosa y digna de su condición como ciudadanos de España».

Desde la AEFT se insta a que el debate que genere el abordaje de esta cuestión se realice desde la consideración de los derechos de la persona con discapacidad, en el marco de los Derechos Humanos, como proclama la Convención, y que la consideración de esta materia no se mezcle con posicionamientos políticos, legítimos, pero impropios cuando se trata de afrontar de manera adecuada esta cuestión básica.

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