Tras la aprobación del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital (IMV), entidades como el CERMI, Plena inclusión y la Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) lamentaron que esta «conquista para las personas en situación de pobreza y exclusión» dejase atrás a las personas con discapacidad intelectual, con la capacidad modificada jurídicamente, impidiéndoles ser titulares de la prestación.
Por ello, la AEFT y Plena inclusión denunciaron en su momento que el IMV no respetaba lo garantizado en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y dificultaba el acceso de estas personas al establecer que las titulares de la prestación debían solicitar el IMV para sí mismas o para su unidad de convivencia, es decir, para las personas con las que viven. Este requisito suponía ignorar la situación particular de muchas personas con discapacidad intelectual que, al no contar con apoyo familiar, lo reciben de las Fundaciones Tutelares a través de una tutela o curatela. Las personas apoyadas y las Fundaciones no conforman una unidad de convivencia, situación que impone al colectivo una nueva barrera de acceso al ingreso mínimo vital, pudiendo conllevar discriminaciones.
En este sentido, y en respuesta a la carta remitida por Cermi donde se exigía una interpretación del artículo 5 del Real Decreto que establece el IMV, el pasado 21 de julio, la Seguridad Social anunció que las personas mayores de edad cuya capacidad jurídica ha sido modificada judicialmente podrán ser beneficiarias del IMV aunque vivan solas o con un cuidador con el que no mantienen parentesco cercano, según publicó Servimedia.
En este sentido, según el nuevo oficio dictado por el director General de Ordenación de la Seguridad Social, Borja Suárez, quien expuso que «en sus términos vigentes, el texto supone una discriminación», las personas que representen legalmente a aquellas con la capacidad modificada jurídicamente o quienes las asistan legalmente podrán solicitar dicha ayuda en su nombre, a fin de «evitar la desatención» de dicho colectivo y corregir una «discriminación injustificable».
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