Fuente: FEAPS Confederación

  • La Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) se une a la satisfacción mostrada por FEAPS en la retirada definitiva de las medidas de seguridad planteadas inicialmente en la reforma del Código Penal, que suponían una clara discriminación por razón de discapacidad
  • El pasado 14 de enero, FEAPS presento su informe sobre “Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el proceso penal”, en donde mostraba sus argumentos en contra de esta reforma.

El Congreso de los Diputados aprobó ayer la reforma del Código Penal con la retirada de las medidas de seguridad inicialmente planteadas, que establecían la imposición con carácter indefinido, de medidas de seguridad privativas de libertad a personas con discapacidad intelectual bajo un supuesto de especial peligrosidad por el simple hecho de tener discapacidad. Algo que, según FEAPS, es claramente contrario o lo establecido por la Convención de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (que en su artículo 5 prohíbe expresamente “toda discriminación por razón de discapacidad”.

La Confederación española de organizaciones en favor de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo (FEAPS), junto a CERMI y otras organizaciones como FEAFES, se ha opuesto claramente a estas medidas. En este sentido, el presidente de FEAPS, Santiago López Noguera, ha declarado que “una discapacidad o una enfermedad mental nunca puede ser la causa última que justifique que una medida de seguridad privativa de libertad se pueda prolongar indefinidamente en el tiempo, y menos bajo un supuesto de especial peligrosidad de estas personas”.

Por todo ello, FEAPS muestra su satisfacción y agradece al Gobierno y a todos los grupos parlamentarios en el Congreso la retirada de estas medidas de seguridad de la reforma definitiva aprobada ayer.

En el informe de FEAPS “Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el proceso penal”, presentado el pasado miércoles en la sede del Consejo General del Poder Judicial, aparece como anexo el posicionamiento adoptado por FEAPS ante esta reforma, redactado por el coordinador de su Red de Juristas, Torcuato Recover. Junto a ello, también se incluye en informe sobre la misma realizado por Carlos Ríos, experto del Comité de la ONU sobre los Derechos de las Personas con discapacidad, a petición del CERMI.

Por su parte, la Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) se suma a la congratulación de FEAPS en la retirada definitiva de las medidas de seguridad planteadas inicialmente en la reforma del Código Penal, que suponían una clara discriminación por razón de discapacidad.

 icon-arrow-circle-o-right Acceso al informe de FEAPS “Las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo en el proceso penal” (PDF)

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