Estos días, la prensa nacional y las entidades del movimiento de la discapacidad han puesto el grito en el cielo al conocerse que el Tribunal Constitucional avalaba la decisión del Supremo al privar de su derecho a voto a Mara, una joven gallega con discapacidad intelectual, que ha comenzado a formar parte de esas más de 96.000 personas -según datos del Censo Electoral- que no pueden ejercer su derecho a voto.

Desde la Asociación Española de Fundaciones Tutelares (AEFT) se pone el acento en que «se ha perdido una oportunidad de respetar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que, en su artículo 29, proclama su participación en la vida política y pública». Asimismo, se denuncia el incremento injustificado de procedimiento como el que ha sufrido Mara, una joven que, hasta pasar por el proceso de valoración de su capacidad jurídica, podía votar en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos. «Privándoles de este derecho se les impide que puedan elegir cuestiones que afectan directamente a su vida o sus derechos como lo hacen el resto de la ciudadanía», se expone desde la AEFT.

Los Procesos de Modificación de la Capacidad Jurídica se deben realizar, única y exclusivamente, para determinar los apoyos que precisan estas personas y no para cercenar derechos como el de sufragio

En este sentido, desde la entidad se reclama que no solo se modifiquen las leyes que permiten este tipo de situaciones, como anuncia la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dolors Montserrat hace unos días, sino que los agentes jurídicos implicados en tales procedimientos tomen conciencia de que los Procesos de Modificación de la Capacidad Jurídica se deben realizar, única y exclusivamente, para determinar los apoyos que precisan estas personas y no para cercenar derechos como el de sufragio. Por consiguiente, desde la AEFT se denuncia que «seguir creyendo que estas personas, por el hecho de tener discapacidad, no pueden ejercer su derecho a voto, es una práctica discriminatoria».

 

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